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La adopción de monopatines y patinetas eléctricas ha consolidado la Micromovilidad en Santa Fe, brindando una alternativa ágil para los recorridos cortos y ayudando a descomprimir el parque automotor de la ciudad, aunque también es importante decirlo, explica en parte la baja de pasajeros en el transporte público.
Si usas un monopatín, debes conocer la legislación vigente, ya que su uso está regido por la Ordenanza N° 12.755/2021, que incorpora a los monopatines eléctricos en el Reglamento General de Tránsito de la ciudad como Vehículos Terrestres.
¿Qué exige la Normativa Monopatines Santa Fe?
La ordenanza local establece condiciones claras para la Micromovilidad Santa Fe, priorizando la seguridad del conductor y del peatón:
Velocidad: Máximo de 25 km/h.
Edad Mínima: El conductor debe ser mayor de 16 años.
Indumentaria: Es obligatorio utilizar casco de protección.
Circulación: Debes circular obligatoriamente por ciclovías, carriles o sendas para bicicletas. En caso de no existir, se permite la calle.
Prohibiciones Claves:
Está prohibido circular por áreas peatonales y veredas, incluyendo la Peatonal San Martín. Tampoco se permite llevar acompañantes.
Requisitos del VMP: El monopatín debe tener un sistema de frenos eficaz, luz delantera blanca, luz trasera roja y una potencia máxima de 500 Watts.
Licencia y Multas: El desafío de la aplicación
Requisitos del VMP: El monopatín debe tener un sistema de frenos eficaz, luz delantera blanca, luz trasera roja y una potencia máxima de 500 Watts.
Licencia y Multas: El desafío de la aplicación
Como usuario de monopatín particular, no necesitas Licencia Nacional de Conducir. No obstante, la ordenanza de Santa Fe, sí preveía la creación de un Registro de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal gratuito.
Aquí radica el principal desafío: al no haberse implementado completamente este registro, los VMP son bienes no registrables, lo que complica los operativos de control. Las autoridades han encontrado dificultades para labrar multas o probar la titularidad de los dispositivos retenidos, ya que se dificulta exigir la identificación o la factura de compra.
Aunque no se dispone de un listado oficial de las multas más frecuentes específicas de 2025 para monopatines, las infracciones más comunes se encuadran en el Código de Infracciones y Penalidades Municipal, cuyo valor se actualiza en Unidades Fijas (UF). Las multas por infracciones como exceso de velocidad (superar los 25 km/h), no usar casco o circular por zonas prohibidas (como la peatonal) son las que más se aplican, aunque su cobro sea complejo.
A modo de referencia, y con la última actualización de la UF a $1.535 desde octubre de 2025, una multa por exceso de velocidad leve (0 a 20 km/h por encima del límite) puede oscilar entre un mínimo de $145.825 y un máximo de $1.458.250.
La alta presencia de monopatines que circulan a velocidades elevadas y sin casco en calles como Rivadavia o San Jerónimo evidencia que la implementación de la Normativa Monopatines Santa Fe es incompleta, lo cual aumenta el riesgo de incidentes en la vía pública.
La clave para la seguridad recae en tu compromiso individual con el cumplimiento de las normas.
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